19 de mayo de 2023
Las tarjetas Revolving son tarjetas asociadas a un crédito cuyo capital puede variar según la entidad o financiera que la comercializa. Estas tarjetas son ofrecidas por entidades bancarias, entidades financieras o incluso en establecimientos como Ikea, MediaMarkt, Carrefour, etc.
El gancho habitualmente utilizado por estas entidades y establecimientos es que se trata de la concesión de un crédito para compras o disponer de efectivo en cajeros automáticos que te conceden sin pedirte nóminas, ni contrato, ni garantía alguna. Puedes devolver el capital que utilices en mínimas y cómodas cuotas a tu medida, y el capital que vayas amortizando vuelves a tenerlo disponible para volver a gastarlo en cuanto lo necesites (de ahí la denominación de revolvente o revolving).
Pero esto que suena tan idílico, esconde una realidad que en la mayoría de las ocasiones acaba convirtiéndose en una insoportable deuda perpetua que nunca acabaremos de pagar.
Ya prácticamente no existen las tarjetaas de crédito clásicas tal y como las conocíamos. La mayoría de las tarjetas de crédito ofrecidas por las entidades bancarias y financieras ya son de la modalidad revolving.
Mediante las tarjetas de crédito clásicas la entidad pone a disposición del cliente un crédito cuyo importe variará en función de la capacidad económica del cliente a cambio de un interés que suele ser bastante elevado (entre el 20 y el 40%). Una vez se utiliza parte o todo de éste crédito asociado a la tarjeta, éste tiene que devolverse en un plazo determinado (normalmente 3, 6 o 12 meses) y en función del capital utilizado y el plazo de devolución establecido se determina una cuota mensual. Hasta que no hemos devuelto el capital utilizado más los intereses en dicho plazo, no volveremos a tener disponible dicho capital.
Por ejemplo, pensemos que nos ofrecen una tarjeta de crédito clásica (no revolving), con un tope de crédito de 1.000 euros, con un tipo de interés del 25% y el plazo de devolución del capital que utilicemos es de tres meses. Pensemos que en un momento dado utilizamos la tarjeta para hacer una compra de 500 euros. En este caso gastamos 500 euros y nos quedan otros 500 de crédito, y de los 500 euros gastados tendremos que pagar un 25% de interés, es decir 125 euros, con lo que tendremos que devolver al banco la suma de los 500 euros de capital más los intereses, es decir 625 euros en un plazo de tres meses, o sea 288,33 euros cada mes, y hasta que no hayamos pagado los 625 euros no volveremos a tener los 500 euros de crédito gastados.
Este tipo de tarjetas, a pesar de no ser revolving también se declaran nulas por establecer un desproporcionado tipo de interés por encima de lo habitual del mercado, es decir son nulas por usura.
Sin embargo, en las tarjetas revolving el sistema de devolución del capital utilizado es distinto, y ahí es donde se encuentra la trampa de este tipo de créditos que, obviamente, las entidades bancarias y financieras ocultan a los consumidores.
Al igual que en las tarjetas de crédito clásicas, en las revolving nos ofrecen un crédito asociado a una tarjeta que suele oscilar entre los 2.500 y los 6.000 euros, o incluso en ocasiones puede llegar a los 9.000 euros. El tipo de interés también es elevado, entre el 20 y el 40 %. Sin embargo, en este tipo de créditos no se establece un plazo máximo de devolución, son indefinidos, y la cuota de devolución la escoge el cliente, y ahí está el gancho, y la trampa.
Con la cuota mensual que escoge el cliente, que habitualmente suele ser baja, no se llegan a pagar el 25% de los intereses pactados, con lo que esos intereses que no se alcanza a pagar con la cuota mensual se suman a la deuda, con lo que la deuda aumenta, y al mes siguiente se genera el 25% de esa deuda ya aumentada. Al siguiente mes volvemos a pagar la cuota mínima que hemos establecido, con lo que nuevamente no se llegan a abonar todos los intereses generados y por tanto, los intereses no abonados se vuelven a sumar a la deuda que nuevamente vuelve a aumentar, y así consecutivamente a lo largo del tiempo, con lo que aunque vayamos pagando religiosamente nuestra cuota todos los meses, la deuda no se reduce, sino que aumenta, y seguirá aumentando indefinidamente.
Siguiendo con el ejemplo anterior:
Imaginemos que contratamos una tarjeta de crédito revolving (que en la mayoría de las ocasiones no aparece la palabra revolving en el contrato, ni nada que se le parezca, y tampoco nos lo advierte el comercial que nos la ofrece). El crédito concedido es de 1.000 euros, con un interés del 25%, y hemos pactado una cuota mensual de 50 euros.
El primer mes gastamos 500 euros, con lo que nos quedan 500 euros disponibles. De los 500 euros utilizados se genera el 25% de interés pactado, es decir, 125 euros, pero ese mes pagamos la cuota que nosotros hemos establecido de 50 euros mensuales. Por tanto, de los 125 euros de interés que se han generado solo pagamos 50, los otros 75 euros se suman a la deuda, o sea que ahora deberemos 575 euros (los 500 euros utilizados al principio y los 75 de intereses no abonados con la cuota).
Al segundo mes se vuelven a generar el 25% de la deuda (25% sobre 575 euros), es decir143.75 euros de intereses, nosotros pagamos nuestra cuota mensual, con lo que de los 143,75 euros de interés generados solo devolvemos 50, el resto de 93,75 euros se suman a la deuda que ya teníamos de 575 euros, con lo que ahora debemos 668,75 euros.
Al tercer mes se genera nuevamente el 25% de interés de la deuda anterior de 668,75 euros, es decir, 167,18 euros. Nuevamente nosotros pagamos nuestra cuota de 50 euros, con lo que de los 167,18 euros de interés generados solo pagamos 50, el resto de 117,18 euros se suman a los 668,75 que debíamos, con lo que la deuda ya asciende a 785,93 euros.
Como vemos, inicialmente hemos utilizado solo 500 euros del capital, pero después de pagar tres cuotas de 50 euros (150 euros en total) la deuda no solo no se ha reducido, sino que ha aumentado hasta los 785,93 euros en tres meses.
Este sistema de amortización de los intereses se denomina técnicamente capitalización de intereses, es decir, que los intereses no abonados se suman al capital, y al siguiente periodo se generan nuevos intereses del capital y de los intereses (nos cobran intereses de los intereses). Así, a medida que va pasando el tiempo estamos eternamente pagando 50 euros cada mes, lo cual en principio nos parece fantástico, pero no nos damos cuenta de que la deuda aumenta eternamente, con que al cabo de 5 años pagando, todavía no solo no hemos devuelto el crédito de 500 euros, sino que la deuda se ha duplicado o triplicado.
A pesar de que este tipo de créditos son totalmente legales, sin embargo se han declarado nulos en todos los casos, ya sea por usura debido al desproporcionado tipo de interés aplicado en la mayoría de ellos, o ya sea por abusividad, y falta de transparencia, al ocultar y no explicar la entidad al cliente el sistema de pago de los intereses de los créditos revolving que hemos explicado, es más, en la mayoría de casos, por no decir en todos, ni siquiera se le dice al cliente que lo que está contratando en realidad se trata de un crédito revolving.
A continuación te dejamos un listado con todas las tarjetas revolving que existen actualmente en el mercado, aquí podrás comprobar si alguna de tus tarjetas es una revolving y poder reclamar la devolución de todo el dinero que has pagado en concepto de intereses, comisiones, seguros y cualesquiera gastos asociados a la tarjteta. Te explicamos aquí como proceder a la reclamación.
Hemos realizado una clasificación según el tipo de entidad que las comercializa: entidades bancarias, entidades financieras y establecimientos comerciales.
Tarjetas revolving de establecimientos comerciales:
IBERIA CARDS
ALCAMPO
ALSA
AKI
AIR EUROPA
BP
CARREFOUR
CEPSA
CONFORAMA
DECATHLON
EROSKI
FNAC
GROUPON
ZARA
• Tarjeta INDITEX Affinity (UNOE- Grupo BBVA).
IKEA
LEROY MERLIN
LINEA DIRECTA
MEDIAMARKT
MELIÀ
MTV
PAYPAL
RENFE
REPSOL
SABECO
SOLRED
UNIÓN FENOSA
VIAJES ECUADOR
VODAFONE
Tarjetas revolving de Financieras:
CETELEM
COFIDIS
Tarjetas revolving de Bancos:
WIZINK BANK (antiguo Banco Barclays, Popular-e, y Citibank).
CAIXABANK
BANCO SABADELL / ACTIVOBANK
BANCO SANTANDER
OPEN BANK (Grupo Santander)
BANCO POPULAR (GRUPO SANTANDER)
BBVA
UNOE (grupo BBVA)
BANKIA
BANKINTER
BANKINTER CONSUMER FINANCE
BARCLAYS (buscar en listado WIZINK BANK)
IBERCAJA
ING DIRECT
KUTXABANK
LIBERBANK
TARGOBANK
SELF BANK
UNICAJA
ABANCA
ADVANCIA BANK
AMERICAN EXPRES
BANCO CAIXA GERAL
BANCO CAMINOS
BANCO MARE NOSTRUM
BANCO MEDIOLANUM
Si ya has identificado alguna de tus tarjetas con las del listado de tarjetas revolving, ahora ya sabes que tu tarjeta se trata en realidad de un crédito revolving y, por tanto, tienes la posibilidad de reclamar y recuperar todo lo que has pagado desde el día en que la contrataste, sin importar la fecha de contratación.
Para recuperar tu dinero tan solo tienes que ponerte en contacto con nosotros ya sea por teléfono en horario comercial al 93 682 33 74, mediante nuestro formulario de consulta 24/7, o bien presencialmente en nuestras oficinas o por video llamada. Uno de nuestros abogados especializados en Derecho Bancario analizará tu caso concreto de forma totalmente gratuita y te confirmaremos la posibilidad de reclamar.
Tras dicho análisis, confirmada la posibilidad de reclamar, procederemos a la reclamación extrajudicial a la entidad de que se trate con objeto de que te devuelvan todo lo pagado sin necesidad de acudir al juzgado. En caso de que la entidad se niegue a devolverte tu dinero se procederá a la interposición de la correspondiente demanda judicial.
En cuanto a los honorarios del procedimiento, en IMC Abogados cobramos un porcentaje de la cantidad recuperada al final del procedimiento. En cualquier caso, también podrás recuperar dichos gastos mediante la imposición de las costas del procedimiento a la entidad, con lo que finalmente el procedimiento resulta totalmente gratuito para el consumidor.
En cualquier caso, previamente a iniciar cualquier procedimiento te entregamos una hoja de encargo profesional en la que se propone un presupuesto previo para que puedas valorar tranquilamente todos los detalles económicos y jurídicos del procedimiento.
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