El pasado 20 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación...
17 de mayo de 2020
Nuevo golpe de la Justicia europea a la banca a cuenta de las cláusulas abusivas. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) hizo públicas ayer cuatro sentencias relativas a distintos casos (de los cuales dos españoles) en las que avala que los afectados por las cláusulas suelo pueden reclamar todo el dinero que pagaron de más por ellas, incluso si ya cuentan con sentencias firmes en las que solo se fijó la devolución de una parte de esas cantidades como entonces imponía la doctrina del Tribunal Supremo.
El Tribunal Europeo considera que en este tipo de reclamaciones, especialmente en los pagos realizados antes de mayo de 2013 (fecha en la que el Tribunal Supremo fijó como ilegales los cobros, sin efecto retroactivo) no se debe aplicar el denominado «principio de cosa juzgada», que impide reabrir un caso en el que ya se haya dictado sentencia firme. De nada sirve la directiva europea de protección al consumidor si luego queda limitada por la jurisprudencia nacional.
«El principio de efectividad exige un control eficaz del carácter potencialmente abusivo» de los contratos, apunta el fallo, en el que se certifica que los afectados podrán reclamar el cobro de todo lo que en su día pagaron de más a su banco por esas cláusulas.
En IMC Abogados ya nos hemos puesto manos a la obra, contactando con todos nuestros clientes afectados y que ahora podrán recuperar el dinero que debieron recibir en su día.
El pasado 20 de diciembre de 2023 se publicó en el BOE el Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la ejecución del Plan de Recuperación...
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